David, fontanero a los 75 años: "Mi mujer tiene una pensión de 1.000 euros y yo de 500 euros. Si no hubiéramos invertido, sería insuficiente"
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David, fontanero a los 75 años: "Mi mujer tiene una pensión de 1.000 euros y yo de 500 euros. Si no hubiéramos invertido, sería insuficiente"

El autónomo comenzó en el oficio a los 24 años y continuaba trabajando después de jubilarse tras haber cotizado por la base mínima

Foto: La jubilación no siempre permite dejar atrás la preocupación por llegar a final de mes. (David Zorrakino / Europa Press)
La jubilación no siempre permite dejar atrás la preocupación por llegar a final de mes. (David Zorrakino / Europa Press)

La jubilación no siempre permite dejar atrás la preocupación por llegar a final de mes. David, un fontanero que comenzó a trabajar como autónomo a los 24 años, relató en La Linterna, de COPE, cómo una pensión de unos 500 euros condiciona su economía después de décadas dedicado a su negocio. “Mi mujer y yo hemos trabajado aquí; mi mujer tiene una pensión de 1.000 euros y yo de unos 500, la mitad. Si no hubiéramos invertido, sería insuficiente”, explicó. Las inversiones del matrimonio han supuesto, según su testimonio, un apoyo para afrontar una etapa en la que las prestaciones públicas no cubren lo que necesitan.

En las pensiones contributivas, una trayectoria profesional larga no garantiza por sí sola una prestación elevada. El importe se calcula a partir de las bases de cotización y del porcentaje que corresponde por el tiempo cotizado. Por eso, dos personas que hayan trabajado durante un número similar de años pueden recibir cantidades diferentes al jubilarse.

David contó que, a sus 75 años, continuaba trabajando en la fontanería pese a estar jubilado. Su trayectoria como autónomo había comenzado más de medio siglo antes, pero la cantidad que percibía al retirarse quedó lejos de garantizarle tranquilidad económica. Durante su vida laboral había cotizado por la base mínima.

La posibilidad de trabajar mientras se cobra una pensión está sujeta a requisitos. El Real Decreto 416/2026, publicado en el BOE y vigente desde el 28 de agosto, regula la nueva jubilación flexible. Para el trabajo por cuenta ajena, permite jornadas de entre el 33% y el 80% de una jornada completa, con ajustes en la prestación e incentivos en determinados supuestos.

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La norma también contempla una actividad por cuenta propia, pero exige no haber estado de alta como autónomo durante los tres años inmediatamente anteriores a causar la pensión. Quienes cumplan los requisitos de esta modalidad pueden percibir el 25% de la prestación mientras desarrollan esa actividad.

La jubilación no siempre permite dejar atrás la preocupación por llegar a final de mes. David, un fontanero que comenzó a trabajar como autónomo a los 24 años, relató en La Linterna, de COPE, cómo una pensión de unos 500 euros condiciona su economía después de décadas dedicado a su negocio. “Mi mujer y yo hemos trabajado aquí; mi mujer tiene una pensión de 1.000 euros y yo de unos 500, la mitad. Si no hubiéramos invertido, sería insuficiente”, explicó. Las inversiones del matrimonio han supuesto, según su testimonio, un apoyo para afrontar una etapa en la que las prestaciones públicas no cubren lo que necesitan.

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