En materia de investigación y prueba de un hecho que ha ido en contra de la Ley, la actual justicia penal considera un sistema en el que diferentes personas cumplen con las funciones de acusar, defender y dictar sentencia. En este sentido, el Ministerio Público dirige en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito y reúne las pruebas necesarias para su juzgamiento, contando para ello con la colaboración directa de Carabineros y la Policía de Investigaciones, instituciones que deben cumplir las órdenes emitidas por los fiscales.
A diferencia del antiguo sistema, escriturado y en base a expedientes, el actual proceso penal está únicamente configurado por el juicio oral, siendo las afirmaciones, testimonios, elementos materiales y otros que se rinden en éste, los únicos que pueden ser tomados en cuenta por los jueces para formar y fundamentar su decisión.
No obstante lo anterior, se establece que todos los hechos y circunstancias pertinentes para la solución de un caso, podrán ser probados por cualquier medio producido e incorporado en conformidad a la Ley.
De este modo, juegan un papel importante los informes emitidos por los Cuerpos de Bomberos en los delitos de incendio, al que son aplicables las normas que sobre el Informe de Peritos establece el Código Procesal Penal. Así, el Ministerio Público y los demás intervinientes, podrán presentar informes elaborados por peritos de su confianza y solicitar que éstos sean citados a declarar al juicio oral. La declaración de los peritos en el juicio oral se rige por las reglas generales aplicable a los testigos.
Entonces, a diferencia de lo que ocurría en el antiguo sistema, el Informe Pericial de los Cuerpos de Bomberos, para constituir prueba en el juicio penal, según lo establecido en el DFL N° 251, debe ser remitido por el Comandante, individualizando al experto que lo ha elaborado.
Respecto a la valorización de la prueba, el procedimiento vigente dispone que los tribunales la apreciaran con libertad, pero no podrán contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos afianzados.
Por lo anterior, la investigación de los incendios es uno de los más grandes retos a que se ve enfrentado el investigador bomberil, ya que normalmente las evidencias son destruidas por el fuego y de ahí que el delito de incendio sea de muy difícil solución. La labor de los Bomberos en Chile, en este aspecto, está circunscrita, exclusivamente, a establecer el origen y la causa de los incendios y, por lo tanto, es preciso que todo Bombero tenga una idea muy clara del significado de estos conceptos.
Actualmente, nuestro Cuerpo de Bomberos, cuenta con un Departamento de Investigación de incendios compuesto por un Inspector (Claudio Vaca Saavedra, 17ª Cía.), 7 Ayudantes (Eduardo Seguel Báez, 22ª Cía.; Julio Albuerno Flores, 7ª Cía.; Juan Luis Silva Rubilar, 17ª Cía.; Marcelo Hernández Villegas, 19ª Cía.; Rodrigo Seguel Arriaza, 22ª Cía.; José Luis Pérez Sáez, 16ª Cía.; Alejandro Muñoz Rojas, 4ª Cía,) y un perito Técnico de Investigación de incendios (Andrés Campos Graziani, 4ª Cía.), todos ellos nombrados por Orden del Día del Comandante.
Nota: Las fotografías corresponden a diversos cursos de la especialidad.
Bibliografía: Módulo Principios de Investigación de Incendios, Curso Básico, EBS
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